VACACIONES
- EC CORPORACION EMPRESARIAL

- 5 jun 2020
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(Base Legal - Decreto Legislativo N° 713 y su Reglamento; Decreto Supremo 01-92-TR).
Es el Derecho que tiene todo trabajador, luego de cumplir con ciertos requisitos a suspender la prestación de sus servicios durante un periodo de días al año (30 días naturales) y el trabajador gana:
01 Remuneración por año laborado – Pagado en el mes que goza las vacaciones.





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