ASIGNACIÓN FAMILIAR
- EC CORPORACION EMPRESARIAL

- 5 jun 2020
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(Tipificado en la Ley N° 25129)
Es un beneficio que gozan los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva. Además, el monto de la Asignación familiar es directamente proporcional a la Remuneración Mínima Vital por el 10%, quiere decir que si la RMV aumenta el monto de la Asignación Familiar también.
Acreditación del Beneficio:
El trabajador está obligado a informar si tiene uno o varios hijos. Para ello, puede utilizar la ficha de registro de trabajadores.
También, deberá acreditar dicha comunicación, con el DNI del menor.
Este Beneficio se paga hasta que el menor hijo cumpla 18 años de edad.
Si el menor seguiría estudios superiores, el beneficio se extiende 6 años más, considerando dicho beneficio hasta los 24 años.





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